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Adviento por los derechos de los niños y las niñas - Tercera vela

Adviento por los derechos de los niños tercera velaDomingo, 16de diciembre de 2018
 
Es tiempo de Adviento y una vez más tenemos la oportunidad de encender las velas de nuestras coronas. Durante este tiempo de espera y preparación, encenderemos nuestras velas pensando en los Derechos de los niños y las niñas.

Tercera vela: Los niños y niñas tienen el derecho de participar en las decisiones que afectan sus vidas

Texto bíblico: Salmos 8:2

A los niños y a los bebés les has enseñado
a hablar de tu fuerza,
así silencias a tus enemigos
y a todos los que se te oponen.

Algunos artículos de la Convención de los Derechos del Niño sobre el derecho a participar: 

Artículo 12: 1 Los Estados Partes garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño, teniéndose debidamente en cuenta las opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño. 

Artículo 12: 2 Con tal fin, se dará en particular al niño oportunidad de ser escuchado en todo procedimiento judicial o administrativo que afecte al niño, ya sea directamente o por medio de un representante o de un órgano apropiado, en consonancia con las normas de procedimiento de la ley nacional.

Artículo 13: 1 El niño tendrá derecho a la libertad de expresión; ese derecho incluirá la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o impresas, en forma artística o por cualquier otro medio elegido por el niño. 

Artículo 14: 1 Los Estados Partes respetarán el derecho del niño a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. 

Artículo 15: 1 Los Estados Partes reconocen los derechos del niño a la libertad de asociación y a la libertad de celebrar reuniones pacíficas.

Artículo 31: 1 Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes.

Artículo 31: 2 Los Estados Partes respetarán y promoverán el derecho del niño a participar plenamente en la vida cultural y artística y propiciarán oportunidades apropiadas, en condiciones de igualdad, de participar en la vida cultural, artística, recreativa y de esparcimiento.

Dios, reconocemos el pleno derecho de los niños y niñas a participar en las decisiones que afectan sus vidas.  Que en todo lo que hagamos por ellos, siempre podamos conocer lo que quieren y desean.

Encendamos la tercera vela. 

  

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